La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales ya tiene calendario oficial. Tras años de borradores y retrasos, el BOE publicó el 5 de octubre de 2026 la Orden HAC/1028/2026, y con su entrada en vigor, el 6 de octubre, empezó la cuenta atrás para que pymes y autónomos dejen de enviar facturas en PDF o en papel a sus clientes empresariales.
En este artículo te explicamos, sin tecnicismos, qué cambia, cuándo te afecta y qué puedes hacer desde hoy para llegar preparado.
Qué es la factura electrónica obligatoria
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La obligación nace de la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, y se desarrolla con el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Su objetivo principal es reducir la morosidad entre empresas y digitalizar por completo la facturación en las operaciones B2B, es decir, entre empresarios y profesionales.
Una factura electrónica no es un PDF enviado por correo. Se trata de un documento en formato estructurado que los programas pueden leer automáticamente, y que se intercambia a través de plataformas de facturación electrónica. Además, el sistema permite saber en qué estado está cada factura: si el cliente la ha aceptado, rechazado o pagado.
Calendario: cuándo es obligatoria
Los plazos se cuentan desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026) y dependen del volumen de operaciones del año anterior:
- Empresas y profesionales que facturan más de 8 millones de euros: obligatoria a partir del 6 de octubre de 2027. Durante los primeros 12 meses tendrán que acompañar sus facturas electrónicas con una copia en PDF para que el resto de empresas pueda leerlas.
- Resto de empresas, pymes y autónomos: obligatoria a partir del 6 de octubre de 2028.
Es decir, la mayoría de pymes y autónomos tiene unos dos años para adaptarse. Parece mucho tiempo, pero cambiar de software, revisar procesos y formar al equipo suele llevar más de lo previsto.
Los estados de la factura: el gran cambio para quien recibe
Una de las novedades que menos se comenta afecta a quien recibe las facturas. El destinatario tendrá que comunicar la aceptación o el rechazo de cada factura, y también cuándo la ha pagado por completo. Para la aceptación o el rechazo dispone de un plazo de cuatro días, sin contar fines de semana ni festivos; si no la rechaza en ese tiempo, la factura se considera aceptada.
Los autónomos que tributan en IRPF y no superan los 8 millones de euros de volumen de operaciones disponen de un año adicional para cumplir con esta comunicación de estados.
En la práctica, esto significa que la administración de tu negocio tendrá que revisar las facturas recibidas con más agilidad que hasta ahora.
La solución pública de la Agencia Tributaria
La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Se trata de una plataforma básica, pensada sobre todo para pymes y profesionales, que permitirá emitir y recibir facturas electrónicas sin necesidad de contratar una plataforma privada.
Es una buena opción para negocios con poco volumen de facturas. Si emites muchas facturas o ya usas un programa de gestión o un ERP, lo habitual será que tu propio software se conecte con una plataforma privada o con la solución pública.
¿Y Verifactu? No es lo mismo
Es fácil confundir ambas normas, pero son distintas:
- Verifactu regula cómo deben ser los programas de facturación para que los registros sean íntegros, trazables e inalterables.
- La factura electrónica obligatoria regula cómo se intercambian las facturas entre empresas y profesionales.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar las obligaciones pendientes de Verifactu hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica. Ese cambio todavía tiene que publicarse en el BOE. Puedes ver el detalle en nuestra guía sobre qué es Verifactu y cómo afecta a tu facturación.
La buena noticia es que, si eliges bien tu software, puedes resolver las dos obligaciones a la vez.
Cómo preparar tu negocio paso a paso
- Revisa tu programa de facturación. Pregunta a tu proveedor si emitirá facturas en formato estructurado, si se conectará con plataformas de facturación electrónica y si cumplirá con Verifactu.
- Decide tu vía de envío. La solución pública de la AEAT, una plataforma privada o tu ERP conectado a una de ellas. Depende de cuántas facturas emites y recibes.
- Actualiza los datos de tus clientes y proveedores. NIF, razón social y direcciones correctos evitan rechazos.
- Organiza la recepción de facturas. Define quién revisa, acepta o rechaza cada factura dentro del plazo de cuatro días.
- Conecta facturación y cobros. Comunicar los pagos será obligatorio, así que conviene que contabilidad y tesorería trabajen con los mismos datos.
- Forma a tu equipo con tiempo. Empezar con pruebas meses antes evita prisas de última hora.
Una oportunidad para digitalizar tu negocio
Más allá de la obligación, la factura electrónica trae ventajas claras: menos papel, menos errores al introducir datos, cobros más rápidos y más control sobre la morosidad. Las empresas que la integren con su gestión comercial y contable tendrán información más fiable para tomar decisiones.
Este artículo tiene carácter informativo y refleja la normativa publicada a 26 de octubre de 2026. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor fiscal.
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